El equipo de profesionales que constituye ABOGADOS AVILA es muy consciente de la necesidad social que existe en nuestro país en referencia a la demanda de procedimientos de regulación de las situaciones de trabajo y de residencia de los residentes extranjeros en España.
Por ello esta firma se ha especializado en los procedimintos de extranjería más importantes y demandados por los ciudadanos extranjeros que residen y trabajan en España.
Los procedimientos más tramitados por este despacho, entre otros, son los siguientes:
- Permisos de trabajo
- Permisos de residencia
- Reagrupaciones familiares
- Procedimientos de expulsión
- Autorizaciones sobre Nacionalidad
- Rechazos en frontera
- Medidas cautelares
- Expedientes de Nacionalidad
ABOGADOS AVILA ofrece a sus clientes la tramitación “on line” de las solicitudes de nacionalidad por residencia por vía electrónica y la remisión de los expedientes a la Dirección General de los Registros y del Notariado a través de la infraestructura tecnológica del Ministerio de Justicia, gracias al convenio firmado el pasado 25 de julio de 2017.
Las Ventajas de este servicio, son:
Agiliza la tramitación de los expedientes, reduciendo el tiempo de respuesta de la resolución del expediente.
Comprobación y cotejo de los documentos por el departamento de extranjería del Colegio de Abogados.
Remisión del expediente al ministerio de justicia.
Consulta “on line” del estado de los expedientes de Nacionalidad por Residencia
Además, ABOGADOS AVILA, tramita recursos contenciosos administrativos al amparo del artículo 11.3 y concordantes del Real decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia que establece que: “el procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado. Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados”.
Transcurrido el citado plazo de un año, se tendrá desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de nacionalidad, por lo cual se podrá interponer contra la citada desestimación, recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional al objeto de "AGILIZAR" la resolución de la nacionalidad y así evitar el transcurso de varios años hasta la resolución del mismo.